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jueves, 13 de febrero de 2014

POR FAVOR,CONTINUEN LAS OBRAS

TASA VIAL PROVINCIAL CORDOBA
Ley: 10.081
Capítulo I
ARTÍCULO 1º.- Creación. Créase la “Tasa Vial Provincial”, en adelante denominada “la Tasa”, destinada a retribuir la prestación de los
servicios que demande el mantenimiento, conservación, MODIFICACION Y/O MEJORAMIENTO  de todo el trazado que integra la red caminera
provincial, incluidas las autovías, carreteras y/o nudos viales incorporados por la presente norma al marco de la Ley Nº 8555, la que será
abonada por todos los usuarios -efectivos o potenciales- de la misma, en oportunidad de consumir o adquirir por cualquier título,
combustibles líquidos y gas natural comprimido (GNC) en la Provincia de Córdoba


                                Sr Gobernador 
                                                            ¿Porque no cumple con el Articulo 1 de la Ley 10.081? ¿ A donde va lo recaudado con la mencionada Ley Provincial? TODAVIA SEGUIMOS ESPERANDO QUE CONTINUEN LA OBRA AMPLIACION AVDA RICARDO ROJAS( RUTA PROVINCIAL U-110)

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